Background Image
 1 / 4 Next Page
Information
Show Menu
1 / 4 Next Page
Page Background

REGLAMENTO ORGÁNICO

REFORMA RELACIONADA CON EL PROCESO DE ELECCIÓN Y

LOS REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DE LA JUNTA DIRECTIVA

Vol. XXII

Núm. 1

31

08

2015

ISSN1405-177X

(Aprobada en la sesión 381 del Colegio Académico,

celebrada los días 23 y 24 de julio de 2015)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con el objeto de precisar y simplificar el proceso de elección que cada año debe realizarse para reemplazar al

miembro más antiguo de la Junta Directiva, y el que tiene que iniciarse cada vez que ocurra alguna vacante en este

órgano colegiado, así como redefinir las condiciones y cualidades que se deben reunir y valorar para ser miembro

de la Junta Directiva, se modificaron los artículos 7, 7-1, 7-2, 7-3, 7-4, 7-5, y 7-6.

Respecto a los plazos señalados en los artículos 7-2 y 7-5, se consideró que plantearlos en días hábiles daría mayor

claridad y permitiría enfrentar los imprevistos que se presenten.

La condición que se impone el Colegio Académico de procurar que se manifieste la diversidad de la Universidad

en la integración de la Junta Directiva, debe entenderse en un entorno académico global, que trasciende las

fronteras de la Institución. Asimismo, debe reflejarse al elegir tanto a los miembros internos como a los externos;

en la equidad de género; en la pluralidad de instituciones u organismos a los que, en su caso, estén adscritos los

externos; en el conocimiento que tengan sobre las diferentes divisiones y unidades de la Universidad; en el apoyo

de los postulantes; así como en la heterogeneidad de áreas del conocimiento y perfiles de los candidatos.

En cuanto a la conformación equilibrada de género, se consideró que era deseable que en cada proceso que se

instrumente para la integración de la Junta Directiva participe un número similar de mujeres y hombres, y que debe

fomentarse esta práctica para la conformación de los demás órganos e instancias de apoyo de la Universidad, como

una expresión de equidad.

Para evitar la rigidez del proceso de elección, se decidió eliminar la condición de que el Colegio Académico, en

una sesión convocada para tal efecto, discuta lo relativo a “los perfiles y los puntos de vista expresados por los

candidatos en la entrevista”, toda vez que dicha reflexión puede realizarse a lo largo del proceso.