Reglamento Orgánico
de la Universidad Autónoma Metropolitana
TITULO SEGUNDO
DE LOS ORGANOS E INSTANCIAS DE LA UNIVERSIDAD
Artículo 5
Los órganos de la Universidad Autónoma Metropolitana son colegiados y personales.
Son órganos colegiados: la Junta Directiva, el Colegio Académico, el Patronato, los Consejos Académicos y los Consejos Divisionales.
Son órganos personales: el Rector General, los Rectores de Unidad, los Directores de División y los Jefes de Departamento.