Reglamento de Ingreso, Promoción y Permanencia del Personal Académico de la Universidad Autónoma Metropolitana

 

Artículo 38

El Colegio Académico aprobará criterios generales y específicos de dictaminación, los cuales serán revisados cada dos años.

Los criterios generales serán revisados por una comisión que integre el Colegio Académico y, en caso de que resulten modificaciones, serán presentados para la aprobación de éste.

A partir de los criterios generales, cada comisión dictaminadora de área formulará y revisará los criterios específicos. Si de las revisiones que realicen resultan modificaciones a los criterios, estos serán presentados ante el Colegio Académico para su aprobación, previa consulta a la Secretaría General y al Abogado General.

Una vez aprobados y publicados los criterios generales y específicos se aplicarán a todas las resoluciones que emitan las comisiones dictaminadoras de área.