Reglamento de Ingreso, Promoción y Permanencia del Personal Académico de la Universidad Autónoma Metropolitana

 

Artículo 19

El Colegio Académico seleccionará de manera aleatoria a los miembros de las comisiones dictaminadoras, considerando la equidad de género conforme al procedimiento y orden siguiente:

I Para la Comisión Dictaminadora de Recursos, en el trimestre de primavera, a un titular y a un suplente, de entre las listas de candidatos del personal académico de cada una de las divisiones de las unidades siguientes:

a) En años impares, a los integrantes de las unidades Azcapotzalco, Lerma e Iztapalapa, y

b) En años pares, a los integrantes de las unidades Cuajimalpa y Xochimilco.

En la sesión donde se realice la selección, el Colegio Académico acordará las modalidades para definir, de entre los seleccionados, quiénes serán los titulares y los suplentes.

II Para cada comisión dictaminadora de área procurando un equilibrio entre las disciplinas y campos de conocimiento se seleccionará:

a) En el trimestre de primavera de cada año impar, de entre las listas de candidatos del personal académico, a seis titulares y seis suplentes, y

b) En el trimestre de otoño de cada año impar, a tres titulares y tres suplentes, de entre las listas de candidatos externos a la Universidad. En caso de no haber suficientes candidatos externos, en el mismo trimestre se realizará la selección de entre los candidatos internos.

En la sesión donde se realice la selección, el Colegio Académico acordará las modalidades para definir, de entre los seleccionados, quiénes serán los titulares y los suplentes.