Colegio Académico

Acuerdos del Colegio Académico
Anexos

Anexo 6

Acuerdo 21.4

 

AMPLIACION DE LAS BASES PARA LA FORMULACION DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO

Crédito es la unidad de valor correspondiente al trabajo académico que debe realizar un alumno en una hora a la semana durante un trimestre lectivo de once semanas de clase. Los créditos se expresarán siempre en números enteros.

 

Por cada hora de teoría a la semana durante un trimestre lectivo se asignarán dos créditos, mientras que por cada hora de laboratorio, taller o práctica a la semana durante un trimestre lectivo se asignará un crédito. En unidades de enseñanza-aprendizaje teórico- prácticas los créditos correspondientes se definirán de acuerdo con el criterio del primer párrafo.

 

El número de créditos correspondiente a una licenciatura será de 410 como mínimo y 615 como máximo, sobre la base de trimestres lectivos.