Colegio Académico

Acuerdos del Colegio Académico
Anexos

Anexo 5

Acuerdo 18.6

 

CRITERIOS Y PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCION DE MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA
  1. Que en el momento de proponer un candidato quien lo haga tenga la anuencia de la persona propuesta.
  2. Que se procure mantener la representatividad de la Junta Directiva por áreas de conocimiento.
  3. Que el mecanismo de elección sea tal que permita a la comunidad universitaria conocer la trayectoria académica y social de los candidatos y evite las campañas públicas en favor de éstos.
  4. Que la elección se realice por mayoría simple de los miembros presentes durante la votación.
  5. Que cuando haya más de una vacante éstas se cubran por votaciones independientes.
  6. Que en una elección, si ningún candidato obtiene la mayoría simple requerida se pida a quien o a quienes propusieron a los que obtuvieron menor número de votos que los retiren y se proceda a una segunda votación. En caso de que, nuevamente, ninguno de los candidatos obtenga la mayoría se proceda a una tercera votación, en la que sólo serían elegibles los dos candidatos que hubiesen obtenido mas votos en la segunda votación.
  7. Que si durante el curso de una votación algún candidato obtiene la mayoría de votos necesaria, en ese momento se interrumpa el conteo de los votos.
  8. Que quien desee proponer un candidato envíe el currículum vitae correspondiente y la fundamentación de la propuesta al Secretario del Colegio, para que éste lo haga del conocimiento de todos los miembros antes de la sesión en la que se realice la elec ción.
  9. El registro de candidatos durará no menos de 15 días y la elección no podrá llevarse a cabo antes de 10 días del cierre del registro de candidatos.