Colegio Académico

Acuerdos del Colegio Académico
Anexos

Anexo 4

Acuerdo 16.3

 

NORMAS MINIMAS PARA LA PRESENTACION, ANALISIS Y APROBACION DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO DE LAS LICENCIATURAS QUE SE OFRECEN EN LA UNIVERSIDAD
  1. LINEAMIENTOS GENERALES EN LOS QUE SE BASARA EL ANALISIS DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO PARA SOMETERLOS AL PLENO DEL COLEGIO.
    Los planes y programas de estudio contendrán, como mínimo lo que se indica en las definiciones correspondientes aprobadas por el Colegio el pasado 3 de octubre.
    Apoyándose en estas definiciones, y con el fin de sistematizar y agilizar el análisis de planes y programas, éstos se presentarán en un formato único y se ajustarán a las definiciones que se incluyen en el glosario.
    El procedimiento de análisis será:
    1. Recepción, en la Secretaría del Colegio Académico, de los planes de estudio debidamente armonizados y que han obtenido un dictamen favorable del Consejo Académico respectivo.
    2. Revisión inicial de los planes por la Dirección de Coordinación y Desarrollo Académico, asesora de las Comisiones, con el fin de determinar si contienen la información necesaria, de acuerdo a las definiciones aprobadas, para su análisis.
      Si faltara información, se solicitará al director de la división correspondiente, y sólo cuando el plan esté completo se procederá a su estudio.
    3. Entrega de estos planes a las Comisiones respectivas a fin de que procedan a:
      1. Revisión global del plan, considerando objetivos generales de la carrera, objetivos de los niveles de estudio y orden programático. Al término de esta etapa puede considerarse satisfactorio en lo general el plan de estudios o solicitar al director de la división que aclare o modifique lo que se considere pertinente. Cuando se trate de carreras con la misma denominación deberán analizarse simultaneamente de modo que, en lo posible, haya congruencias en cuanto a objetivos generales y orden programático.
      2. Revisión detallada de los programas de las unidades de enseñanza-aprendizaje.
      3. Elaboración y envío del dictamen correspondiente al pleno del Colegio, pudiéndose hacer recomendaciones para subsecuentes revisiones del mismo.
         
  2. BASES PARA LA FORMULACION DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO, QUE DEBERAN SEGUIR LOS CONSEJOS DIVISIONALES EN EL FUTURO*
    * Por acuerdo del Colegio Académico, estas bases serán aplicables para los planes y programas de estudios superiores a nivel de licenciatura, maestría y doctorado que se le presenten para su conocimiento y aprobación.
    1. Estudios y análisis preliminares a la operación de un plan académico, en los que se incluyen:
      1. Objetivos generales del plan en términos de la relevancia social y académica de la carrera.
      2. Estudios sobre la demanda social previsible que se generará para la carrera a crear, considerando, entre otros:
        • La población con prerrequisitos curriculares para demandar la especialidad.
        • La oferta de la especialidad en otras instituciones de educación superior, fundamentalmente en el área geográfica de incidencia del plan.
        • Elementos adicionales relacionados con demandas específicas de sectores de la población.
      3. Estudios sobre la ocupación futura de los profesionales calificados que formará el plan, considerando, entre otros:
        • La existencia de la especialidad en otras instituciones de educación superior.
        • El desarrollo de las actividades productivas o de servicio que ocuparán a los profesionales que se formen.
        • Aspectos relativos a la demanda de estos especialistas en diversas actividades.
      4. Determinación del tipo y cantidad de recursos necesarios para desarrollar el plan, especificando, entre otros, lo referente a:
        • Recursos humanos.
        • Inversiones directas (modificación de instalaciones, nuevas instalaciones, equipo e instrumental y biblioteca).
        • Inversiones indirectas (aulas, laboratorios y talleres).
        • Formación de personal académico.
        • Gastos de operación.
        • Costos totales.
      5. Determinación de las etapas a seguir, incluyendo los costos de cada una de ellas, para la operación del plan.
      6. Señalamiento de los objetivos numéricos que pretende cumplir el plan, indicando los tiempos en que esto se logrará y señalando las alternativas que pudieran abrirse para aprovechar la infraestructura ya creada, una vez que los objetivos numéricos hayan sido cumplidos.
    2. Estudios para la sustentación académica del plan.
      1. La fundamentación del plan incluirá, entre otras:
        • La investigación previa requerida para la formulación de los objetivos específicos del plan en términos de conocimientos y habilidades y la integración de su estructura curricular.
        • La investigación sobre la organizacion y metodología para la aplicación del currículum.
      2. Elaboración del plan de estudios que cumplirá con los objetivos generales y específicos definidos con anterioridad y que deberá contener:
        • El objetivo de la carrera.
        • El orden programático y los objetivos de los troncos y las áreas que los constituyen.
        • La relación de las unidades de enseñanza-aprendizaje, los requisitos o modalidades de seriación y la indicación de aquellas que sean obligatorias.
        • El valor en créditos de cada unidad de enseñanza-aprendizaje, tronco y área, así como del plan completo.
        • La indicación del número máximo de créditos que podrán cubrirse por trimestre.
        • Las modalidades para el cumplimiento del servicio social.
      3. Elaboración de los programas de estudios de las unidades de enseñanza-aprendizaje en los que se señalará:
        • Tipo y denominación de la unidad de enseñanza-aprendizaje.
        • El objetivo general de la unidad.
        • El contenido sintético de la unidad.
        • El o los métodos de enseñanza-aprendizaje que se utilizarán.
        • En su caso, la bibliografía necesaria.
        • El sistema de evaluación que se utilizará.
        • El valor en créditos de la unidad.